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Criptomonedas en Uruguay: regulación e impuestos (qué dice la ley)

Cómo están reguladas las criptomonedas en Uruguay tras la Ley de Activos Virtuales, qué rol tiene el Banco Central y por qué su tratamiento impositivo todavía no está resuelto. Guía informativa.

Updated July 12, 2026 · by Eduardo Airaudo

Las criptomonedas no son moneda de curso legal

En Uruguay, la única moneda de curso legal es el peso uruguayo: las criptomonedas (Bitcoin, USDT y demás) no son dinero en sentido legal, sino activos. Eso no las hace ilegales —comprarlas, tenerlas y operarlas es legal—, pero sí significa que nadie está obligado a aceptarlas como pago y que, jurídicamente, no se las trata como una divisa. El tratamiento impositivo es otra cosa, y es justamente lo que todavía no está resuelto: lo vemos más abajo.

La Ley de Activos Virtuales y el rol del Banco Central

Uruguay aprobó una Ley de Activos Virtuales (Ley N.º 20.345) que incorpora a los proveedores de servicios de activos virtuales (los llamados PSAV: exchanges, plataformas, custodios) bajo la órbita de supervisión del Banco Central del Uruguay (BCU). El objetivo es dar un marco a la actividad —registro, requisitos, prevención de lavado— para quienes prestan estos servicios en el país. Es un marco relativamente nuevo y en desarrollo, así que conviene seguir su reglamentación.

Impuestos: no está resuelto, y hay que decirlo así

No existe una norma tributaria específica que diga cómo tributan las criptomonedas en Uruguay. Por eso acá no vas a encontrar un porcentaje: cualquier tabla que te dé una tasa exacta para cripto se está adelantando a la norma. La única posición oficial conocida de la DGI es la Consulta N.º 6.419 (2021), que —según fuentes secundarias, no accedimos a su texto primario— trataría a las criptomonedas como un bien mueble incorporal; no es una ley ni una resolución general. La Ley 20.345 de activos virtuales tampoco cambió la tributación: regula a los proveedores (PSAV) y su supervisión por el BCU. Y la reforma de 2026 no lo aclaró: ni el Decreto 95/026 ni la Resolución DGI 1517/2026 mencionan la cripto, así que ni siquiera está definido si una ganancia en cripto se considera renta de fuente uruguaya o del exterior. Si operás montos relevantes o de forma habitual, consultá a un contador.

USDT y "dólar cripto": estable, pero no es un dólar bancario

El USDT y otras stablecoins buscan mantener su valor cerca de un dólar, y por eso se usan como forma de "tener dólares" dentro del mundo cripto. Pero un USDT no es un dólar billete ni un depósito bancario: depende de la plataforma donde lo tengas y del respaldo de su emisor. Para comprar dólares de forma simple y regulada, las casas de cambio siguen siendo el camino más directo; el USDT es una herramienta del ecosistema cripto, con sus propias ventajas y riesgos.

Antes de operar, informate y asesorate

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento legal ni fiscal. La regulación de activos virtuales en Uruguay es reciente y puede cambiar, y el tratamiento impositivo depende de tu situación particular. Antes de operar montos importantes, usá plataformas serias, entendé los riesgos y, si corresponde, consultá con un profesional para cumplir con la normativa vigente.

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