Cambiar de mutualista: cuándo te toca y la devolución de FONASA
No se puede cambiar cuando uno quiere: hay un mes fijo por año según el último dígito de tu cédula, y hay que llevar 23 meses en el prestador actual. Acá está el calendario de BPS, las cuatro excepciones que te dejan cambiar fuera de fecha, y la devolución de FONASA que mucha gente aporta y no cobra.
¿Cuándo te toca?
El último dígito de tu cédula es el que va después del guión (el verificador).
Te toca en marzo y llegás a los 23 meses de permanencia: podés cambiarte.
Todos los cambios de prestador de salud se hacen efectivos a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la tramitación.
| Mes | Dígito de cédula |
|---|---|
| marzo | 3 |
| abril | 4 |
| mayo | 5 |
| junio | 6 |
| julio | 7 |
| agosto | 8 |
| setiembre | 9 |
| octubre | 0 |
| noviembre | 1 |
| diciembre | 2 |
Qué te va a pedir BPS
23 meses en el mismo prestador
Contados al último día del mes anterior al que te toca por tu dígito. Es la razón por la que no se puede saltar de mutualista todos los años.
Cobertura activa
Tenés que estar con cobertura vigente en el momento del cambio.
Se evalúa sobre el generante
Las condiciones se miran únicamente sobre quien genera el derecho, no sobre cada integrante del núcleo.
Se tramita en el prestador nuevo
Hay que ir con documento de identidad a la institución a la que te querés pasar.
Las cuatro salidas fuera de fecha
Si estás en alguna de estas, no tenés que esperar a tu mes.
Te afiliaron de oficio
Si entraste al sistema y BPS te asignó un prestador sin que lo eligieras, tenés 180 días para elegir otro. Si dejás pasar el plazo, la asignación queda firme y entrás al calendario común.
Te mudaste
El cambio de domicilio, o la dificultad de acceso geográfico al prestador, habilita a pedir el cambio fuera de fecha.
Problemas asistenciales
Si hay problemas serios de atención, la solicitud la analiza la Junta Nacional de Salud (JUNASA), que resuelve si autoriza el cambio.
No te cumplen los tiempos de espera
El Decreto 359/007 fija plazos máximos para consultas y coordinaciones. Si el prestador no los cumple, es causal para pedir el cambio.
La devolución de FONASA
Aportás al FONASA un porcentaje de tu ingreso, pero la cobertura que comprás tiene un costo tope anual. Si aportaste por encima de ese tope, la diferencia vuelve. Es plata propia, no un beneficio.
Es plata tuya que aportaste de más
El aporte al FONASA es un porcentaje del ingreso, pero la cobertura que comprás tiene un costo tope. Si en el año aportaste más que ese tope, la diferencia se devuelve.
No es sólo para independientes
Alcanza a trabajadores en relación de dependencia, a quienes prestan servicios personales y a jubilados y pensionistas con ingresos altos.
El tope sube si cubrís a otros
Cuantas más personas cubrís con tu aporte (cónyuge o concubino, hijos menores o con discapacidad), más alto es el tope anual y por lo tanto menos devolución hay: pagás más cobertura.
Se consulta en BPS
BPS publica el consultor «¿Estoy comprendido?» y atiende al 0800 2016. Es la vía para saber si te toca y por cuánto.
Último ejercicio publicado por BPS (2024): quedaron comprendidos los trabajadores con ingresos promedio mensuales nominales superiores a $ 113.167,00 y los jubilados o pensionistas por encima de $ 122.598,00. Se puso a disposición desde el 22 de setiembre de 2025.
Los umbrales cambian todos los años: no te guíes por el número del año pasado. Consultá «¿Estoy comprendido?» en bps.gub.uy o llamá al 0800 2016.
Preguntas frecuentes
Fuentes
Reglas contrastadas el 9 de agosto de 2026. Esta página es informativa: lo que resuelve BPS o la JUNASA es lo que vale.